De acuerdo con el éxito del futbol europeo, muchos agentes, así como, diversas organizaciones de representación comenzaron a llevar jugadores extracomunitarios a Europa bajo la promesa de convertirlos en la próxima estrella del fútbol. Por ello, la FIFA decidió poner fin a un problema que se estaba generando con este éxodo de jugadores menores de edad, puesto que, se estaba convirtiendo en un verdadero supuesto de trafico de menores.
En el año 2009, la FIFA prohibió la posibilidad de traspasos internacionales de menores de 18 años. Sin embargo, existen tres excepciones que se recogen en el artículo 19 del Reglamento de Transferencias Internacionales de la FIFA, que dice lo siguiente:
“Artículo 19. Protección de menores.
- Las transferencias internacionales de jugadores se permiten solo cuando el jugador alcanza la edad de 18 años.
- Se permiten las siguientes tres excepciones:
- a) Si los padres del jugador cambian su domicilio al país donde el nuevo club tiene su sede por razones no relacionadas con el fútbol.
- b) La transferencia se efectúa dentro del territorio de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE) y el jugador tiene entre 16 y 18 años. El nuevo club debe cumplir las siguientes obligaciones mínimas:
- Proporcionar al jugador una formación o entrenamiento futbolístico adecuado que corresponda a los mejores estándares nacionales.
- Además de la formación o capacitación futbolística, garantizar al jugador una formación académica o escolar, o una formación o educación y capacitación conforme a su vocación, que le permita iniciar una carrera que no sea futbolística en caso de que cese en su actividad de jugador profesional.
iii. Tomar todas las previsiones necesarias para asegurar que se asiste al jugador de la mejor manera posible (condiciones óptimas de vivienda en una familia o en un alojamiento del club, puesta a disposición de un tutor en el club, etc.).
- En relación con la inscripción del jugador, aportará a la asociación correspondiente la prueba de cumplimiento de las citadas obligaciones.
- c) El jugador vive en su hogar a una distancia menor de 50 km de la frontera nacional, y el club de la asociación vecina está también a una distancia menor de 50 km de la misma frontera en el país vecino. La distancia máxima entre el domicilio del jugador y el del club será de 100 km. En tal caso, el jugador deberá seguir viviendo en su hogar y las dos asociaciones en cuestión deberán otorgar su consentimiento.”
Los trámites necesarios para conseguir que dicho menor extracomunitario pueda jugar en las bases de las ligas de futbol federado en Europa son interminables e incluso la documentación requerida es extensa obligándole a dicho menor acreditar cinco años de residencia interrumpidos y que sus padres no se hayan mudado a dicho país con el objetivo de poder seguir con su vida futbolística del menor. Estas situaciones perjudican al menor puesto éste que no puede acceder al futbol de forma federada hasta haber estado cinco años residiendo en dicho país o incluso, que sus padres no puedan aportar dicho contrato de trabajo, no pudiendo acreditar medios económicos suficientes para residir en dicho país.
Por todo ello, estas medidas de protección al menor llevadas a cabo por la FIFA, como uno de los mayores órganos decisorios dentro del mundo del futbol, es un gran acierto para batallar con aquellos que utilizaban al menor, por medio de engaños, prometiéndole a sus familias llevarlos a lo mas alto del futbol europeo a cambio de dinero con la promesa de convertirlos en el próximo Neymar o Messi, siendo muchos de ellos, posteriormente en Europa, abandonados por estos quedando expuestos a la explotación. En conclusión, es un acierto regular, en el artículo 19 RETJ, la protección del menor brindándoles de una mayor importancia y de un trato especial, prevaleciendo el interés superior del menor al del interés deportivo.
A modo de ejemplo, actualmente, el Real Madrid Club de Futbol ha fichado, recientemente a falta de confirmación oficial, a un joven jugador brasileño de 16 años de edad llamado Endrick procedente del Palmeiras. El fichaje alcanza las cifras estratosféricas de los 72 millones de euros de los cuales 60 millones de euros se estiman como concepto principal de fichaje siendo el resto destinado a impuestos y comisiones por dicho traspaso. De acuerdo con la normativa explicada en este artículo, Endrick no podrá jugar en el Real Madrid hasta que alcance la mayoría de edad (18 años), debiendo seguir jugando en la liga brasileña hasta 2024 -año en el que alcanza dicha mayoría de edad.




